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La Federación Española de Ortesistas Protesistas espera la respuesta de la Agencia Española del Medicamento sobre la venta de productos de ortopedia en Lidl.
La entidad vela por el cumplimiento de la ley y la normativa vigente en lo que ortopedia se refiere. En este contexto la FEDOP viene realizando denuncias y consultas desde hace décadas a los organismos competentes, entre ellos la Agencia Española del Medicamento.
La Federación también ha realizado denuncias, consultas y requerimientos sobre establecimientos que no cuentan con las licencias pertinentes: grandes almacenes, cadenas de supermercados o farmacias.
Por ejemplo, ha realizado varios requerimientos desde 2017 dirigidos a Supermercados Lidl, el último por vender al público una serie de productos (muñequera, tobillera, rodillera y cinturón lumbar), en cuyo empaquetado y etiquetado se indica expresamente que cumplen con la directiva comunitaria 93/ 42/CE relativa a productos sanitarios.
Reclamaciones a la que se suma ahora el Colegio Oficial de Farmacéuticos, en relación a la venta de productos sanitarios de ortopedia en esa cadena. Habrá que esperar a la resolución del organismo y ver el recorrido de la misma.
Sobre este punto, FEDOP agradece el interés del sector farmacéutico, pero entiende que quien tiene que velar por la correcta dispensación de productos ortoprotésicos es el propio sector de la Ortopedia, ya que son sus profesionales y sus establecimientos los que cuentan con la formación y las licencias pertinentes para ofrecer un servicio con garantías al usuario, mientras que muchos establecimientos de farmacia no especializados en Ortopedia carecen de ambas.
Las respuestas de la AEMPS hasta la fecha no han protegido al paciente, sino que se han basado en una apertura mercantilista. En relación con la necesidad de adaptación de los productos sanitarios, argumentaron que estos son seriados y que no se modifican para ajustarse al paciente. Sin embargo, ¿quién decide que no necesitan adaptación? Debería ser la autoridad sanitaria competente, o un profesional con titulación, pero en este caso lo establece el comerciante. Hablamos de un vendedor que busca el lucro económico y que no dispone de herramientas para la adaptación, no la ofrece y por tanto decide que no es necesaria dicha adaptación para vender su producto.
Desde la Federación recuerdan que los productos sanitarios ortoprotésicos requieren adaptación tal y como se indica en la Orden SCB/45/2019, un ajuste que solo puede realizarse en ortopedias con autorización para la venta con adaptación. Si se obvia este aspecto se estarán vulnerando los derechos de protección al usuario, al que se debe garantizar que el producto que adquiere cumpla con todas las garantías.
La Federación espera que la AEMPS se replanteé sus argumentos y atienda estas demandas que buscan la protección del usuario de Ortopedia.